DESCARGAS
| Para la participación en competiciones y actividades deportivas oficiales, cuyo ámbito geográfico este comprendido dentro de la Comunidad Autónoma de Canarias, será preciso estar en posesión de una licencia expedida por la FECDA. |
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1.- VALIDEZ DE LA COBERTURA. La validez de las licencias será por el periodo comprendido entre el 1 de ENERO 2010 y el 31 de DICIEMBRE 2010, excepto licencias temporales (cursillos) que lo serán por un plazo de 3 meses o 6 meses contados desde su emisión (pendiente de contratración).
2.- CUOTAS. Las cuotas por licencia son las que se detallan en el anexo de cuotas, para cada modalidad. Ha de tenerse en cuenta que las categorías de AUTONOMICA, NACIONAL O INTERNACIONAL, solamente son a efectos de participación en eventos deportivos que así lo requieran, siendo la cobertura de la licencia de ambito mundial, con las excepciones que figuran en la póliza de seguro.
En caso de que se desee ampliar a otra de precio superior, bastará con hacerlo constar en la solicitud y abonar la diferencia entre sus respectivos precios, además de la cantidad de 6'00 € en concepto de gastos de tramitación.
Los pagos se realizarán por INGRESO O TRANSFERENCIA, a la cuenta de esta Federación número: 2052-8109-16-3300056802 de la CAJA INSULAR DE AHORROS DE CANARIAS.
3.- DOCUMENTACION. Se remitirá a esta Federación, el impreso de solicitud de licencias debidamente cumplimentado y FIRMADO por EL PRESIDENTE DEL CLUB, juntamente con el justificante de haber realizado el ingreso o transferencia bancaria (por el importe total de de las licencias solicitadas).
Cuando se trate de un menor de edad, se expresará claramente esta condición, utilizando el NIF del tutor si el menor no dispusiera del mismo. Es imprescindible la autorización, en documento legalmente reconocido, del tutor para la practica deportiva de menores.
En cumplimiento de lo acordado en Asamblea General Extraordinaria de fecha 29 de enero de 2005 se informa de lo siguiente: EL ERROR U OMISIÓN EN LA CONFECCIÓN DEL IMPRESO ANTERIORMENTE MENCIONADO Y/O INGRESO O TRANSFERENCIA DEL IMPORTE SE NOTIFICARÁ AL CLUB MEDIANTE E-MAIL O FAX.
NO SE CURSARÁ NINGUNA DE LAS LICENCIAS DETALLADAS EN LA SOLICITUD, SI ESTA CONTIENE ERRORES, DATOS ILEGIBLES, INCOMPLETOS O SIN EL CORRESPONDIENTE INGRESO DEL IMPORTE TOTAL DE LAS LICENCIAS DE LA SOLICITUD.
Una vez comprobados los requisitos, se procederá a su inclusión en el listado de licencias, tras lo cual se emitirá la correspondiente licencia. No se tendrá derecho a cobertura del seguro, hasta que el deportista no tenga la licencia en su poder.
Esta Federación declina toda responsabilidad de accidentes ocurridos durante el periodo de tramitación de la Licencia Federativa, siendo responsabilidad única y exclusiva del deportista o Club. Los Presidentes de los clubes tienen la obligación de informar a los deportistas de las condiciones del seguro contratado y de los centros concertados. Igualmente deberán tener a disposición de los deportistas que los soliciten, una copia de la póliza suscrita con la entidad aseguradora.
Para la participación en competiciones y actividades deportivas oficiales, cuyo ámbito geográfico este comprendido dentro de la Comunidad Autónoma de Canarias, será preciso estar en posesión de una licencia expedida por la FECDA.


